Categoría: Leyes | Publicado: 28/07/2025
Tras la reforma de 2022 ya no es obligatorio el intento de acuerdo extrajudicial, pero puede intervenir un mediador/administración concursal en distintos momentos del proceso.
📌 Por decisión judicial cuando lo requiera la complejidad del caso.
📌 En fases de liquidación o supervisión del plan.
✅ Aporta orden y transparencia.
💶 Supone honorarios, pero puede acelerar la tramitación y reducir conflictos.
Aunque ya no sea preceptivo el intento extrajudicial, la figura del mediador/administración concursal sigue siendo útil en casos con múltiples acreedores o patrimonio complejo.
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